Las funciones de prevención y asesoramiento técnico que la Dirección General con competencias en materia de trabajo tiene atribuidas se ejercitarán a través del Instituto Riojano de Salud Laboral con la finalidad de impulsar, asesorar, informar y promocionar la formación en prevención de riesgos laborales, así como comprobar las condiciones de seguridad y salud en empresas y centros de trabajo.
Actuaciones:
- Asistencia Técnica a Entidades e Instituciones con responsabilidades en Prevención de Riesgos Laborales
- Formación en materia de prevención de riesgos laborales, general y especializada
- Información de carácter general y específico
- Investigación para la identificación, prevención y eliminación de riesgos laborales
- Seguimiento de las actuaciones preventivas que se realicen en los centros de trabajo
Funciones:
- Promoción de la prevención y asesoramiento técnico
- Acciones de comprobación y control de condiciones de trabajo. En el marco del régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, los funcionarios pertenecientes a los subgrupos A1 o A2, técnicos de prevención del Gobierno de La Rioja, que presten sus servicios en el Instituto Riojano de Salud Laboral, estarán habilitados para el desarrollo de funciones comprobatorias de las condiciones de seguridad y salud en las empresas y centros de trabajo, en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 59.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, según la modificación operada por el Real Decreto 689/2005, de 10 de junio.
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