Al Instituto Canario de Seguridad Laboral le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
A) La de promoción de la prevención y el asesoramiento técnico que se regula en el artículo 7.1.a) de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, incluidas la asistencia y cooperación técnica, la información, divulgación, formación e investigación en materia preventiva; así como el seguimiento de las actuaciones que en materia de prevención realicen las empresas.
B) Las que como órgano técnico especializado asigna las disposiciones vigentes sobre seguridad y protección contra incendios en los establecimientos turísticos alojativos de la Comunidad Autónoma.
El Instituto Canario de Seguridad Laboral realiza actuaciones conjuntas con Organizaciones Sindicales, Empresariales, Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el resto de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; ya que su principal prioridad es ofrecer soluciones prácticas y eficaces a los problemas de seguridad y salud en el trabajo y ponerlas al alcance de toda persona implicada y/o interesada en mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
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